viernes, 29 de septiembre de 2023

 CÁCERES, CAPITAL EUROPEA DE LA CULTURA 2031

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2. Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico (1990)

En 1975, el Conjunto Histórico de Cáceres había tocado fondo en su desarme poblacional, social y funcional, recomponiéndose, en parte, hasta 1995 por la presencia de la función universitaria.

En su Art. 20.1, la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español (LPHE'1985) obligó a los Conjuntos Históricos declarados a redactar un Plan Especial de Protección del Patrimonio.

Dos razones legales obligaron al Ayuntamiento de Cáceres a encargar, a toda prisa, la redacción del Plan Especial de Protección del Patrimonio: la obligatoriedad impuesta por la LPHE, y la Declaración del Casco Antiguo de Cáceres por la UNESCO como Patrimonio Mundial (26 de noviembre de 1986), que sorprendió a la ciudad sin planeamiento especial[19], que garantizase la integración de políticas urbanísticas-patrimoniales y de rehabilitación integrada.

Por ello, a toda prisa, la Corporación encargó en 1986 la redacción del Plan Especial de Protección y Revitalización del Patrimonio Arquitectónico de la Ciudad de Cáceres (PEPRPACC) al equipo Delta Sur, S.L.[20], dirigido por el arquitecto Santiago Rodríguez-Gimeno Martínez[21], con Aprobación Provisional en 1987, y demora de la Aprobación Definitiva hasta el 8 de marzo de 1990.

A la licitación se presentó el Estudio G-2 (MIguel Matas y Luis González), consciente de la solvencia de nuestros curricula, pero la experiencia nos iba a demostrar, desde entonces hasta el presente, que el conocimiento científico del lugar y la solvencia académica importa un bledo a los integrantes de las mesas de contratación en Extremadura. Se perdió la primera oportunidad de redactar un documento con profesionales endógenos, que ya atesorábamos competencias investigadoras bastantes sobre la ciudad de Cáceres.

Decidí con mis alumnos geógrafos realizar un Plan Especial 'paralelo', como ejercicio práctico de planeamiento para crear con-ciencia urbana y contrastar resultados[22]lo que no gustó demasiado al arquitecto redactor, que nos sugirió “colaborar” con él y sumar esfuerzos...

Desde la óptica del planeamiento, el PEPRPACC fue un Plan-Norma, de primera generación, con estrategias defensivas conservacionistas de protección a ultranza del patrimonio, -como reacción pendular contra el derribo y la renovación urbana anterior-, derivadas de la Declaración de Ruina Legal y de la nefasta Ley de Arrendamientos Urbanos.

Al no proyectar intervenciones de reforma interior, bloqueó la regeneración de la ciudad histórica y el desinterés por la rehabilitación residencial. Un catálogo de protección de edificaciones con pluralidad de niveles (en muchos casos sin razonamiento científico) y la normativa desajustada del mosaico parcelario-constructivo hicieron primar la defensa física de la edificación sobre los criterios sociales y funcionales de la rehabilitación integrada[23], que eclosionó tímidamente a escala nacional con el Decreto 2329/1983, de 28 de julio, sobre protección a la rehabilitación del patrimonio residencial y urbano (BOE 07-09-1983).

Y si la figura de planeamiento fue floja, más aún los instrumentos de gestión[24] (sin Real Patronato, ni Consorcio de la Ciudad Histórica), prácticamente reducidos a la Oficina Técnica del ARI -bajo el desvelo responsable de José Luis Sánchez de la Calle-, y la Comisión de Seguimiento del Plan Especial, que ha sido muy operativa hasta el presente.

En representación de la Universidad de Extremadura, presté mis servicios en dicha Comisión desde 1988 hasta 2012 en que fui “desahuciado”, bajo el antológico argumento de que “… llevaba ya mucho tiempo en ella…”. Como había sido nombrado por el Rector le expuse el tema. Me preguntó si había cometido alguna fechoría; le respondí que no, salvo haber sido asesor urbanístico[25]durante los años de 2010 a 2012 del Consorcio Cáceres 2016, un CONSORCIO con mayúsculas. Me recomendó mi Rector abandonar el cargo para no crear ‘tensiones’ y me fui como había llegado 24 años antes. Moraleja: hacer lo ‘políticamente correcto’ es dar siempre la razón a los políticos incorrectos que no la tienen. La libertad de cátedra y el espíritu crítico universitario, sin disciplina de partido, no tienen cabida en el pesebre político.

Siempre defendí que Cáceres, Ciudad del Patrimonio Mundial[26] no podía mezclar la gestión específica de los planeamientos general y especial. Si su Corporación era incapaz de conseguir políticamente un Real Patronato, como los de Santiago y Toledo, al menos debería disponer de un Consorcio de la Ciudad Histórica y mantener operativos los muy eficaces instrumentos de la Comisión de Seguimiento del Plan Especial y del Área de Rehabilitación Integrada (ARI).

El grado de protección/deterioro de un centro histórico se juzgó siempre por la capacidad de gestión técnica-administrativa, voluntarismo y liderazgo político-profesional del alcalde (léase Xerardo Estévez en Santiago de Compostela) para la compleja tarea de integración de políticas de preservación activa del patrimonio, rehabilitación física, reanimación social, revitalización funcional y recualificación ambiental. Asignatura pendiente en Cáceres, por cuanto las políticas rehabilitadoras elitistas, exclusivamente morfológicas, no habían propiciado la multifuncionalidad poblacional y económica, razón por la cual el Casco Antiguo de Cáceres se comportaba como un museo al aire libre de piedras venerables, pero desvitalizado, sin sangre en las venas.

En reiteradas ocasiones, pero siempre con carácter “excepcional”, la Corporación modificó puntualmente el PEPRPACC y concedió licencias de rehabilitación para incrustar a calzador proyectos arquitectónicos a contrapelo del planeamiento en edificios patrimoniales sin la obligada notificación a ICOMOSDurante mi mandato de Vicepresidente del Comité Nacional Español de ICOMOS (2004-2010) solía refrescar la memoria de los gestores urbanos para recordarles que pertenecer al Patrimonio Mundial no es un derecho de la ciudad, sino una concesión graciosa de la UNESCO, que obliga y compromete a las Corporaciones a cumplir y hacer cumplir las determinaciones de la Convención del Patrimonio Mundial y sus Directrices de Aplicación, como normas de Derecho Internacional de rango superior a las de legislaciones estatales, autonómicas y municipales. Mucho jabón (y jamón) antes de la concesión y mucho despotrique y chulería después de obtenida la declaración.



[19] Campesino, A.-J. (1996): “Las Ciudades Españolas, Patrimonio de la Humanidad, a través de su Planeamiento Especial”, en Aa. Vv. Córdoba, Patrimonio Cultural de la Humanidad. Una aproximación geográfica. Gerencia de Urbanismo, Ayuntamiento de Córdoba, Córdoba, pp. 53-84.

[20] Delta Sur, S. L. (1986-1987): Plan Especial de Protección y Revitalización del Patrimonio Arquitectónico de la ciudad de Cáceres. Ayuntamiento de Cáceres, Cáceres. 3 vols. Inventario fotográfico y Planos.

[21] No cabe duda de que Santiago se encontraba en “estado de gracia”, porque también consiguió los Planes Especiales de Protección de Coria y Plasencia, y el PGOU de Plasencia.

[22] Campesino, A.-J. (1986): “Patrimonio y planeamiento en el Centro Histórico de Cáceres”. Extremadura, Diario Regional. Cáceres, Patrimonio Cultural de la Humanidad. Monográfico, (12 de diciembre), nº 19.785, Cáceres, 1986, pp. XXI-XXIII.

[23] Campesino, A.-J. (1989): “La rehabilitación integrada de los centros históricos: el reto urbanístico de finales de los ochenta”. Investigaciones Geográficas, 7. Instituto Universitario de Geografía. Universidad de Alicante, Alicante, pp. 7-17.

[24] Campesino Fernández, Antonio-José. (1998): “Experiencias gestoras en planeamiento de centros históricos”, en Castillo Oreja, Miguel Ángel. (edit.). Centros históricos y conservación del patrimonio. (Mesa Redonda: Intervenciones en centros históricos: controles y recursos financieros). Fundación Argentaria y Visor Distribuciones, Madrid, pp. 71-78.

[25] Cargo al que accedí por la confianza de la alcaldesa Carmen Heras Pablo. Por vez primera, el Ayuntamiento de Cáceres reconocía mi competencia profesional.

[26] Campesino, A.-J. (2006): “Cáceres”, en Comité Nacional Español de Icomos. Ciudades Históricas Iberoamericanas. Encuentro Científico Internacional (Madrid-Cuenca, 27 de septiembre a 1 de octubre de 2004). Publicación del Comité Nacional Español de Icomos, Subcomité Regional de Ciudades y Poblaciones Históricas del Área Iberoamericana (Cihib). Monuments and Sites, XIV, Cuenca, pp. 312-343.

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